Un huracán

Es posible que haya ocurrido, no digo que no; pero lo que se vio en la televisión cubana y también en las redes sociales fue un disfrute de lo más relajado e irresponsable de niños jugando en el Malecón de La Habana en medio de los desmanes del Huracán Milton, a riesgo de sus vidas, y sin que ninguna autoridad interviniera para impedirlo.

 


Aún está fresco en el recuerdo todo el proceso para la aprobación del más reciente Código de las Familias, los debates en cuanto a los cuidados del menor, sus derechos y deberes, y también los de sus padres o tutores para con esos niños.

Ahora surge la pregunta ante las fotos y también los videos de no pocos niños divirtiéndose como en el mejor parque de diversiones entre las olas enfurecidas que derramaba el Malecón habanero a consecuencia del temible Huracán Milton cuando iba rumbo a la Florida.

 


¿Quién exige a las familias de esos menores, quién se encarga de evitar que pongan su vida en riesgo?

Porque no es necesario abundar en los riesgos que entraña la tapa de un tragante disparada como proyectil a causa de la presión de las aguas, tampoco de lo que significa caer en una alcantarilla y ser succionado por esas mismas aguas temibles.

 


Sin embargo, parece que sí hace falta recordar sobre lo que en el Código de las Familias se habla acerca de la responsabilidad parental como el conjunto de facultades, deberes y derechos que corresponden a las madres y a los padres para el cumplimiento de su función de asistencia, educación y cuidado de sus hijas e hijos menores de edad 

Cuando las familias no ejercen de manera adecuada sus responsabilidades, están poniendo en riesgo el bienestar y desarrollo de sus hijos e hijas. Y ello, según refería el Grupo de Comunicación de la Dirección de Atención a Menores, del Ministerio del Interior, citado por el periódico Granma, es una forma, aunque más sutil, de maltrato infantil, el cual no se corresponde exclusivamente con formas extremas como la violencia física o sexual.

“Una ausencia constante de respuesta a las necesidades básicas, o el ejercicio del rol parental de forma negligente pueden tener efectos dañinos a mediano o largo plazos”, indica esa entidad.


Por su parte, la Ley 151 del Código Penal establece que se puede sancionar con privación de libertad de seis meses a un año o multa de cien a 300 cuotas, o ambas, a quien no atienda o descuide la salud, educación, manutención o asistencia de una persona menor de 18 años que tenga sujeta a su responsabilidad parental.

Pero lo mejor será siempre prevenir y no sancionar, amar en vez de descuidar.